jueves, 21 de febrero de 2013

Otra crisis

que amenazó la economía local, ya hace tiempo (siglo XVII)




En el siglo XVII, las dificultades económicas y la escasez de numerario, tanto en las familias como en la administración comunal de pueblos y aldeas, obligaba a unos y a otros a pedir dinero prestado, no había otra alternativa.  Para ésto, solían suscribir un censo con un particular acaudalado, que veía en este tipo de préstamo una forma de inversión bastante segura para su capital.  Los censos consignativos eran un préstamo hipotecario, con vencimiento indefinido y la posibilidad por parte del censalista de rescatarlo cuando pudiese. Si la fórmula no parece mala, la realidad es que cuando personas y pueblos suscribían un censal, entraban en una fase de endeudamiento de la que dificilmente conseguían salir. El documento que transcribimos lo firma el Consejo de Campo, y en el se hace constar que todos los vecinos del pueblo respondían con sus bienes y personas del cumplimiento del pago de la cantidad recibida. No fue el único censal que se  hizo en el pueblo durante aquellos años...
"Die vigesimo quarto mensis Junio año 1633 en el lugar de Campo
Eodem die et loco, que llamado, convocado, congregado todo el Consejo General y Universidad de los Magníficos Justicia, Bayle, Jurados, prohombres y otras singulares personas, vecinos y habitadores del lugar de Campo, en la forma acostumbrada del Consejo, llamados por mandamiento de los Jurados nombrados, los cuales tal fe y relación hicieron a mi, Pedro de Guart, notario público y ante los testigos infraescritos, ellos como Jurados habían mandado ajuntar y congregar dicho General Consejo de dicho lugar de Campo para el día, ora y lugar presentes según era y es de inmemorial observancia y aprobada costumbre. Y así, ajuntado dicho Consejo delante las puertas de la casa del dicho lugar, al pie del olmo en donde otras veces ya en el cual dicho Consejo y congregación de aquél intervenimos y fuimos congregados los infraescritos siguientes: Pascual de las Eras, Justicia. Phelipe Aventín y Martín Canales, Jurados. Pedro Abentín, bayle. Pedro Zazurca, Viturián Español, Ramón Rubiella, Juan Pena, alias Barbarrosa, Antón de Sin, Juan Oliba, Francisco Turmo, Ramón Galindo, Pedro Ceresa de la Plaza, Juan Armisén, Pedro Sanz, Domingo Costa, Juan Cambra, Pedro Abentín de la casa de Ferraz, Juan Vila, Antón Salas, Domingo Sahún, Marcos Exea y Julián Solana, todos vecinos y habitadores del dicho lugar de Campo y de si todo el dicho Consejo, concello facientes, tenientes.. en particular todos en nombres nuestros propios y del dicho nuestro Consejo, los que somos y por tiempo serán, los presentes por los ausentes, de grado lo reconocemos, confesamos tener en verdadera comanda y fiel depósito de vos Jerónimo Ferraz, vecino del lugar de Morillo de la Liena, a saber es mil doscientos sueldos jaqueses....".



(Ortografía del texto modificada. Fotos gentileza de: Nubes, de Cristina Pauli. Oleo de John Constable, "Estudio del tronco de un olmo").

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