A principios del siglo XX, bajo el reinado de Alfonso XIII, se dio en España un gran impulso a las obras públicas, especialmente a la construcción de carreteras. Y, junto al trazado y construcción de nuevos tramos, se tomaron algunas medidas para su mantenimiento y vigilancia.
"El peón caminero es el encargado de vigilar el cumplimiento de las
disposiciones vigentes sobre policía de las carreteras. Por la Real instrucción
de 23 de Julio de 1790, tiene el caminero la calidad de guarda jurado para
perseguir y denunciar á los contraventores de las citadas disposiciones». «Para cumplir lo dispuesto en el
artículo anterior, recorrerá su trozo el peón caminero dos veces por semana a
las horas y en la forma que disponga el Jefe de la cuadrilla, según preceptúa
el art. 19. Cuando, en las horas que no deba hallarse el peón trabajando en
aquélla, ocurra en su trozo algo extraordinario que exija la presencia del
mismo, acudirá inmediatamente, con el fin de evitar daños en las obras de la
carretera ó peligros para el tránsito, dando también conocimiento a sus Jefes».
Destacamos,
entre las obligaciones del peón caminero:
1ª. Permanecer en el camino todos los días del año, desde
que salga el sol hasta que se ponga.
2ª. Recorrer todo su trozo, para reconocer el estado del
camino, de sus obras de fábrica, paseos y arbolados y de los repuestos de
materiales.
3ª. Prevenir los daños que ocasionan los transeuntes en
el camino, advirtiéndoles lo dispuesto en las ordenanzas ó Reglamentos de
policía, y denunciar á los contraventores.
4ª. Ejecutar los trabajos de conservación que sus Jefes
le ordenen, bien sea por tarea ó en otra forma, sin más descanso que las horas
señaladas para almuerzo, comida y merienda.
5ª. Cuidar de las herramientas, materiales, útiles,
prendas de vestuario y demás efectos del servicio que existan en su poder,
procurando su buen uso y conservación”.
« El
peón caminero llevará siempre el uniforme y distintivo que le están señalados.
En
los domingos y fiestas de precepto, el peón caminero recorrerá una vez su
trozo, y el resto del día se ocupará
especialmente en limpiar sus prendas de vestuario.
El
peón caminero que halle en el camino alguna persona sospechosa le exigirá la
cédula personal, y si no la tiene, la conducirá al pueblo de su jurisdicción á
disposición del Alcalde o al puesto más inmediato de Guardia civil, para que se
haga cargo de ella, recogiendo recibo como comprobante de su celo. Lo mismo
hará con la persona o personas que encuentre delinquiendo.
Insignia Peón Caminero |
Cuando
aparezcan malhechores en las inmediaciones de su trozo, el peón caminero lo
advertirá á los transeuntes, y pasará aviso á los peones contiguos para que le
presten auxilio si fuere necesario, y también al Alcalde del pueblo inmediato,
dándole noticias del número y dirección que lleven, o poniéndolo en
conocimiento de la Guardia civil».
En Campo varias personas desempeñaron el oficio de peón
caminero. Algunos de ellos vivieron en la casilla construida a tal fín. Fue
precisamente en 1852 cuando, en virtud de una Real Orden el Ministerio de
Fomento, se puso en marcha un programa de construcción de viviendas que
sirvieran para alojar a esos trabajadores y también para guardar sus útiles de
trabajo.
Insignia Capataz Peón Caminero |
Resulta curioso que, porque entre las instrucciones que
se daban sobre los lugares donde debían instalarse, se recomendara la
proximidad del agua y, en caso de que ello no fuera posible, la apertura de un
pozo. En nuestro pueblo la casilla se construyó en el lado derecho de la carretera general
de Campo a Murillo, próxima al Esera pero a cierta altura, poco antes de Entrepuentes.
Y lo que son fuentes no faltaban, pues estaba cerca de la fuente «Catalina», de la fuente de las «Comadres», de la del
«Chorro» y al pie de la fuente de «la Coma». Aunque el tamaño habitual de dichas viviendas estaba
pensado para dos personas, hemos podido observar que en ciertas épocas
habitaron en ella tres trabajadores.
La información que nos ofrecen los Censos
Electorales de Campo es la siguiente: En el año 1904 se menciona a: José Costa Costa, de 37 años, que vivía en la calle
Nueva y al que se le da la calificación de peón caminero; Mariano Malo Fernández, de 35 años, habitaba en la
Casilla Camineros y también era de profesión peón caminero; y José Pera Fillat, de 54 años, vivía en la calle de la
Iglesia, n° 11 y era Capataz Caminero.
En el censo del año 1910, figuran: José Costa Costa, de 47 años, habitando la Casilla de
Camineros; Joaquín Guillén Cereza, de 39 años, habitando en la
Casilla de Camineros; Mariano Malo Fernández, de 42 años, vive también en la
Casilla de Camineros; y José Pera Fillat, de 55 años, con domicilio en la calle
San Antonio, n° 20.
Y, en 1930, también en el Censo Electoral, encontramos
solamente a: Mariano Malo Fernández, de 54 años, viviendo en las
afueras, de oficio peón caminero.
La última persona que ocupó este cargo en Campo fue el
señor Ramón Morancho Costa, que lo desempeñó durante varios años, viviendo con
su familia en la casilla. También trabajó como peón caminero el Sr. Jesús de
casa Begué, que atendía la carretera de Las Vilas.
(Fotos de insignias gentileza de Militaria)
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