UNA COMANDA EN
CAMPO
"DIE QUINTO MENSIS JULYANO MDCXII EN LA VILLA DE CAMPO
Eodem die et loco, que llamado, convocado, congregado y públicamente juntado el Concejo General, Universidad por mi que la “represento”, y con la presencia de personas, vecinos y habitadores de la villa de Campo, por mandamiento de los jurados abajo nombrados y por llamamiento de ellos mismos según de ellos en público Concejo tal fe y relación hicieron a mi, Gaspar Pérez, notario, presentes los testigos infrascriptos ellos haber mandado ajuntar el dicho concejo et así ajuntado aquél delante de la casa de la villa, donde según que otras veces es acostumbrado ajuntarse, el cual Concejo, siempre que ... de aquél.
Intervenimos y fuimos
presentes los infrascriptos y siguientes testigos:
Et primo, Pedro Doz, jurado, Pedro Aventín, teniente de Jurado por
ausencia de Jayme Aguilar, Pedro Lacambra, Justicia, Joan Armisén, Valentín
Pueyo, Domingo Ferrer, Joan de Mur, Pedro de Mur, Joan de Pueyo, Joan Ceresa,
Pedro Mariñosa, Domingo Balamián, Joan Lissa, Antonio Torrente, notario, Joan
Sierra, Juan Dimas, Pedro Lanau, Pedro Zazurca, Domingo Aventín, Gaspar de
Lanau, Jorge Domingo
y Marco de Pueyo, todos vecinos y habitadores de la villa de Campo.
Et descrito el dicho Concejo y Concejantes, Concejo facientes celebrantes, tenientes celebrantes y representantes, todos unánimes y concordes y alguno de nos no podiese ser parte ni contradeciente de todos juntamente.
Y cada uno de nos dichos infrascriptos de grado y de nuestras ciertas ciencias, otorgamos, reconocemos y confesamos tener y que tenemos en verdadera comanda y uso llano el fiel depósito del magnífico Antonio Pérez, infanzón vecino de La Puebla de Roda, a saber es la suma y cantidad de tres mil seiscientos veinte y ocho sueldos dineros jaqueses los cuales en nuestro poder y de cada uno de nos y del dicho concejo otorgamos haber recibido y en querientes en la manera queremos que fecha o no fechada y nos en sometiéndonos juramos nos jurados, en nombre y voz del dicho Concejo por Dios y la Cruz, con cláusulas de precario constituyendo aprensión manifestación inventariada...
Juan Francisco Serveto, natural de la villa de Graus y Antón Saún
vecino de la Puebla de Roda, hallados de presente en Campo
Antonio Torrente y de Mur, notario y concejante otorgo lo sobredicho.
Nota: Hemos trascrito el texto en español actual para facilitar la comprensión, aunque hemos dejado alguna palabra tal y como se presenta en el documento. Podría ser que algún término no esté bien interpretado, pido disculpas.